top of page

LA RESPUESTA A SUS PREGUNTAS

TRABAJAR Y FP DUAL:  PARENTESCOS

Son numerosos los casos de empresas que quieren contratar al alumnado de FP dual durante el periodo en el que se está realizando el proyecto. Ante estas cuestiones, detallamos las siguientes aclaraciones:

 

1. Con respecto a la FCT

- La Orden de FCT (Orden de 28 de septiembre de 2011), en el artículo 9, punto 2, detalla:

"2. El alumnado que compatibilice trabajo y estudio, podrá realizar el módulo profesional de formación en centros de trabajo en la empresa o institución con la que tenga relación laboral, siempre que las actividades formativas y el horario del módulo profesional de formación en centros de trabajo no coincidan con las correspondientes a su actividad laboral habitual en la empresa o institución y disponga de la autorización previa de la Delegación provincial con competencias en materia de educación."

Como se detalla en la parte negrita y subrayada, queda reflejado claramente que el alumno que esté trabajando puede realizar la FCT en su misma empresa, siempre y cuando lo haga en un departamento con tareas completamente distintas a las que desarrolla en su puesto de trabajo habitual (por ejemplo, empresas grandes con departamentos muy diferentes).

 

2. Con respecto a la FP dual

-- Alumnado de primero:

 La Orden 5 de abril de 2019, que regula los proyectos de 2019/2020 (alumnado que curso primero en 2019/2020), en el dispongo décimo séptimo, punto 3 se detalla que

“3. La empresa no podrá cubrir ningún puesto de trabajo, ni aún con carácter interino,

con el alumnado que realice actividades formativas en la empresa, ni podrá formalizar

contrato de trabajo con los alumnos y alumnas durante los periodos lectivos, mientras

estos no hayan finalizado el periodo de formación en la misma.”

-- Alumnado de segundo:

 La Orden 20 de marzo de 2018, que regula los proyectos de 2018/2019 (alumnado que cursa segundo en 2019/2020), en el artículo décimo quinto, punto 3 se detalla claramente que:

“A excepción de los proyectos basados en contratos para la formación y el aprendizaje, la empresa no podrá cubrir ningún puesto de trabajo, ni aún con carácter interino, con el alumnado que realice actividades formativas en la empresa, ni podrá formalizar contrato de trabajo con los alumnos y alumnas durante los periodos lectivos, mientras estos no hayan finalizado el periodo de formación en la misma.” De esta forma, es incompatible que el alumnado de FP dual trabaje durante los meses lectivos en la empresa en dónde realice las prácticas formativas del proyecto.

 

 

Como conclusión, pensamos que lo más consecuente es destacar que la FP Dual tiene como objetivo principal mejorar la formación y la futura empleabilidad del alumnado, por lo que se debe fomentar que el alumnado termine el ciclo formativo, y no se incorpore de manera inmediata a la empresa en la que se realiza la formación (excepto en periodos no lectivos). Por tanto, y dado que en la Orden se detalla claramente (el alumnado abandona el programa formativo en el centro de trabajo si hay vinculación laboral), recomendamos que, de manera general, no se compatibilice trabajar en la misma empresa en la que se realiza la formación profesional dual.

 

Espero haber podido aclarar algo en la cuestión, ya que la vinculación laboral del alumnado de dual a las empresas es una cuestión controvertida, y puede tener distintos intereses, dependiendo de la perspectiva desde la que cada parte implicada se aproxime.

 

PARENTESCOS

El alumno/a cuya familia tenga una empresa familiar no puede realizar la formación en alternancia en la empresa.

Si el alumno o alumna es empresario de una empresa colaboradora no podrá realizarlo en dicha empresa.

¿Cuales son los criterios de asignación del alumnado a las empresa?

Los alumnos que hayan realizado la solicitud para realizar la formación en alternancia deberá ser seleccionado por los criterios establecidos por el Departamento y las empresas colaboradoras en el proyecto, en base a la Orden de 05 abril 2019 (Proyecto II), por la que se convocan proyectos de Formación Profesional Dual para el curso académico 2019/2021 en su punto décimo octavo. Los criterios de selección establecidos versaran sobre aspectos académicos, madurez, responsabilidad y en su caso entrevistas con las empresas.

 

Durante el primer trimestre del curso se realizará por parte del equipo educativo y con la participación de las empresas colaboradoras, la selección del alumnado que realizará la formación en alternancia atendiendo a los siguientes factores:

 

Estar matriculado en oferta completa en el Ciclo.

No estar de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena o como autónomo durante los periodos de formación en las empresas.

Posibilidad de movilidad geográfica en el entorno de la Bahía de Cádiz.

Mostrar un comportamiento responsable para su incorporación a la empresa, tener iniciativa, cierta autonomía, puntualidad, integración en un equipo de trabajo, ser receptivo, empatía profesional...

Manejo de herramientas profesionales con seguridad, respeto a las normas de seguridad y uso adecuado de los equipos de protección individual.

Firma del documento aceptación de las condiciones por parte del alumno/a o de sus padres o tutores legales en caso de ser menor de edad.

 

Para el criterio de selección tendremos en cuenta:

  • Medias de notas 20%.

  • Número de módulos aprobados 20%.

  • La asistencia 20%, cada falta restará un 0.0833 sobre 10.

  • La actitud 20%.

  • Cuestionario de idoneidad 20%.

  • Disciplina cada parte resta 3 puntos.

¿SE PUEDE SUSTITUIR A OTRO ALUMNO/A EN FORMACIÓN EN ALTERNANCIA?

Si un alumno/a desea salir del proyecto de FP dual, puede ser sustituido por otro no dual que así lo solicite, siempre que pueda cumplir las horas mínimas establecidas (530 horas del Grado Medio y Superior, y 300 de Formación Profesional Básica), no superando las 40 horas a la semana, dentro del horario permitido y en el periodo lectivo (incluso aprovechando el mes de junio) y firmando su correspondiente nuevo convenio con las empresas.

La sustitución de un alumno/a por otro/a en un proyecto no será posible si el número de horas duales ya realizadas por sus compañeros es elevado, o no fuera posible ajustarlas en el periodo adecuado para ello y por tanto no se pudiera llegar a las 530 horas (Grado Medio o Superior) o 300 horas (Formación Profesional básica).

El alumnado puede renunciar a la FP dual y la Dirección del centro puede interrumpir su inclusión al proyecto, según los apartados que se encuentran detallados en la normativa.

¿QUE DIFERENCIA A LA FP-DUAL?

  • La Formación Profesional Dual es diferente en cada Centro Educativo. Sin embargo, independientemente del Centro Educativo y de las empresas en las que me puedo formar, el título que se obtiene, las módulos (materias) a estudiar y lo que aprenderé, sí son iguales que cualquier otra modalidad de Formación Profesional. No cambia lo que aprenderé, sino cómo lo aprenderé.

  • Además del profesorado de cada materia, contaré con las figuras de tutores/ras, tanto en el Centro Educativo como en la empresa. Entre ellos se coordinarán para que mi formación sea lo más completa posible, se encargarán del seguimiento, de la evaluación y de que consiga adquirir la formación y habilidades necesarias para incorporarme al mundo laboral.

¿COMO PUEDO SABER QUE CICLOS SE OFERTAN EN DUAL?

• Para saber qué ciclos formativos se ofertan en FP Dual puedes consultar la oferta educativa. Que un ciclo formativo se imparta en dual no significa necesariamente que todas las plazas se reserven para dual, es decir, un ciclo formativo puede ofertar plazas en dual y plazas en no dual.
• Solicitar un ciclo formativo que se imparte en dual no implica obtener una plaza en dual ni tener más posibilidades de conseguir plaza, sino que entrarás en la lista de candidatos que solicitan esa oferta dual.
• Para más información, te recomendamos te pongas en contacto con el centro.

¿QUÉ VENTAJAS TIENE LA FORMACIÓN DUAL?

La Formación Profesional Dual tiene muchas ventajas porque puedo obtener el título formándome en un entorno real de trabajo y en contacto directo con la realidad de las empresas del sector en el que después podré trabajar.
Gracias a la experiencia conseguida, a la formación y al contacto directo y continuado con las empresas, acceder a un empleo estable o conseguir otro diferente resultará más fácil; además se consigue una formación no sólamente en los aspectos relacionados con las materias que se aprenden en el Ciclo Formativo, sino que voy a mejorar mis capacidades de comunicación, trabajo en equipo o el sentido de la responsabilidad en contacto con los compañeros de trabajo.

¿CUAL ES EL HORARIO, Nº DE ALUMNOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN?

Horario: en el proyecto debe reflejarse el horario habitual y el que se realice de manera excepcional, siempre entre las 7:00 y las 22:00 h., como establece la Orden, con un máximo de 8 horas al día. Los fines de semana no pueden contemplarse de manera general, excepto en aquellos proyectos que de manera excepcional lo justifiquen (p.ej.: actividades deportivas que sólo se organicen durante fines de semana) y deben contar con la aprobación de la Dirección General de FP y la DT correspondiente. Si la empresa realiza desplazamientos fuera de la provincia, debe reflejarlo en el convenio y solicitar igualmente autorización a la DT correspondiente.
Número mínimo de alumnado: mínimo de cinco, que comiencen y continúen en el proyecto. Este criterio no es arbitrario, ya que el esfuerzo de poner en marcha un proyecto de FP Dual es enorme, y por tanto debe contar con alumnado suficiente y soporte del tejido productivo del entorno.
Criterios de selección de alumnado y empresas: el centro obtiene el compromiso de colaboración de determinadas empresas, que garantizan una serie de puestos escolares en Dual. Todo el alumnado matriculado en el ciclo formativo puede optar a dichas plazas, y dentro del equipo docente deben contarse con una serie de criterios de selección del alumnado para estos puestos. Algunas consideraciones previas pueden ser las calificaciones en las pruebas de los módulos previamente a la incorporación a la empresa, o la actitud y colaboración en el día a día de clase. Junto a esto, se debe incidir que los criterios sean diversos (no sólo valore la parte académica) y cuenten con distintos instrumentos (entrevistas, pruebas, etc.). Una vez que se realice la presentación al alumnado explicando en qué consiste la FP Dual, podría ser un criterio valorar positivamente que el alumnado muestre motivación propia y autonomía en formar parte del proyecto (p. ej.: presentar una carta con sus motivaciones para participar en el proyecto, etc.).

¿COMO SE ORGANIZA LA FP-DUAL EN ANDALUCÍA?

Breve presentación con cuestiones básicas sobre el funcionamiento y organización de la Formación Profesional en Andalucía. Puedes descargarlo aquí.

Preguntas frecuentes: Preguntas frecuentes

¿QUE COMPROMISO ADQUIERE EL ALUMNADO?

  • Asistir con regularidad, puntualidad y buena presencia (vestir correctamente según requisitos de la empres y mínima higiene personal),

  • Adaptarse al régimen laboral de los trabajadores de la empresa.

  • Receptivo ante explicaciones y consejos del tutor o tutores laborales

  • Avisar de cualquier problema, si es posible con antelación. No poder asistir a la empresa por ejemplo.

¿PUEDE RENUNCIAR EL ALUMNADO?

  • Todo el alumnado puede renunciar a la fase de alternancia, excepto que el ciclo sea 100% Dual. En nuestro caso no van todos el alumnado

  • Se puede incorporar un alumno/a si entre 1º y 2º curso completa las 530 horas de estancia mínima en la empresa. Este caso debe comunicarse a la Administración Educativa. Aunque es una situación compleja, ya que habría que diseñar un programa formativo específico para el alumno, muy diferente al consensuado entre la empresa y el Instituto.

  • Los proyectos en FP Dual se dirigen a oferta presencial completa, en caso de que el alumnado quiera tener un módulo convalidado, y éste se imparta en Dual, no podrá realizarse.

  • debe intentar finalizar su formación y obtener la titulación, especialmente aquellas renuncias motivadas por encontrar un trabajo temporal. En determinadas ocasiones la existencia de una renuncia debería motivar una reflexión del equipo docente sobre un posible proceso de selección fallido, para detectar problemas y evitar que se repitan.

¿LA FCT FORMA PARTE DE LA FORMACIÓN EN ALTERNANCIA?

No. La FCT ha de quedar al margen del cómputo de horas mínimas y, por lo tanto, no ha de formar parte del proyecto dado su carácter integrador de las competencias.

¿QUIENES SON LOS PROTAGONISTAS DE LA FORMACIÓN EN ALTERNANCIA?

Se entiende por:

 coordinador/a del proyecto de formación profesional dual la persona que designa el centro docente para coordinar y, en su caso, realizar el seguimiento de las actividades de formación que el alumnado realiza en alternancia entre centro y la empresa o entidad colaboradora.

El profesor /a responsable del seguimiento es la persona designada por el centro docente para supervisar el aprendizaje del alumnado en la empresa. Esta función puede recaer en una o varias personas.

El responsable laboral es la persona que designa la empresa para autorizar la formación del alumnado durante el desarrollo de la actividad formativa en la empresa, en los términos recogidos en el programa formativo

OPORTUNIDAD PARA EL ALUMNADO

  1. Permite al alumno tener un contacto real con el trabajo, obteniendo experiencia y competitividad profesional y una mayor integración entre teoría y práctica, al no ser el centro docente la única fuente de aprendizaje.

  2. El alumno adquiere responsabilidades inherentes a su actividad, madura ante el trabajo en equipo y recibe una educación orientada a la realidad de su sector profesional

  3. El alumno mejora su ocupabilidad al haber adquirido una experiencia laboral más sólida que en la FP tradicional, recibe una remuneración durante su estancia en la empresa y tiene una primera experiencia laboral vocacional, en su sector profesional.

Preguntas frecuentes: Preguntas frecuentes

CUAL ES LA RELACIÓN DEL ALUMNADO CON LA EMPRESA?

  • *SE FIRMA UN ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y CENTRO EDUCATIVO. *JUNTO CON EL ACUERDO DE COLABORACIÓN SE ESTABLECE UN PROGRAMA FORMATIVO (ACTIVIDADES A REALIZAR EN LA EMPRESA) *EL ALUMNADO TIENE ASIGNADO UN RESPONSABLE EN LA EMPRESA. *EL ALUMNADO TIENE UN PROFESOR RESPONSABLE DE SU SEGUIMIENTO (VISITAS PERIÓDICAS). *EL ALUMNADO SE INSERTA EN EL SISTEMA PRODUCTIVO DE LA EMPRESA.

¿POR QUE ES UNA OPORTUNIDAD PARA LA EMPRESA?

  • Activa la empresa respecto a sus propios recursos humanos, al participar en el desarrollo de los programas de estudios, acelerando los procesos de integración y aprendizaje práctico de sus empleados

  • Asegura competencias profesionales más adaptadas a sus necesidades

  • Reduce los costes de adaptación de nuevos trabajadores al puesto de trabajo.

  • Ayuda a la planificación a medio y largo plazo y, por lo tanto, a una mejor estrategia de reposición de trabajadores.

¿COMO ES LA SELECCIÓN DEL ALUMNADO PARA LA FP-DUAL EN EL IES LAS SALINAS?

En el IES Las Salinas entendemos que todo el grupo de 1º SOLYCAL participará en la modalidad de FP Dual durante el segundo y tercer trimestre.

  • No tener faltas de asistencia injustificadas.

  • Mostrar un comportamiento responsable para su incorporación a la empresa; puntualidad, integración en un equipo de trabajo, ser receptivo, tener empatía, etc.

  • Firmar el Compromiso cuyo modelo se recoge en la orden y que facilitamos en el siguiente enlace.

En cuanto al alumnado de 2º curso que puede realizar la FP en Alternancia será aquel que ha superado los periodos de Alternancia en 1º de SOLYCAL el curso anterior y quienes repitan alguno de los módulos profesionales de 2º curso y manifiesten su deseo de repetir la formación en Alternancia. En cualquier caso su participación viene determinada por los siguientes criterios:

  • Estar matriculados sólo de módulos profesionales de 2º SOLDYCAL.

  • Haber superado los periodos anteriores de estancia en Alternancia correspondientes a 1º SOLDYCAL.

  • No tener faltas de asistencia injustificadas a clase en los periodos previos a la fase de formación en Alternancia.

  • No acumular retrasos en ese mismo periodo.

En todos los casos la asignación de empresas se hará en función de los resultados académicos obtenidos en todos los módulos profesionales y teniendo en cuenta las necesidades de rotación.

Para el criterio de selección tendremos en cuenta: 

·         Medias de notas 20%. 

·         Número de módulos aprobados 20%. 

·         La asistencia 20%, cada falta restará  un 0.0833 sobre 10. 

·         La actitud 20%. 

·         Cuestionario de idoneidad 20%.

·         Disciplina cada parte resta 3 puntos.

¿QUE RELACIÓN LABORAL Y SEGUROS TIENE EL ALUMNADO?

  • No existe relación laboral entre alumnado y empresa. El alumnado tiene la misma figura jurídica que cuando realiza la Formación Centros de Trabajo.

  • Sí. La Administración Educativa, suscribe una póliza de responsabilidad civil y otra de accidentes que cubre los riesgos que puedan derivarse de la estancia del alumnado en las Empresas.

¿COMO SERÁ EL TIEMPO DE TRABAJO EN LA EMPRESA?

  1. El tiempo de trabajo en la empresa deberá ser de un mínimo del 33% de las horas de formación fijadas en el título. Este porcentaje podrá ser ampliado en función de las características referentes a cada ciclo profesional y a la empresa participante.

  2. La formación del alumnado en la empresa podrá realizarse en una sola empresa o rotando por diferentes empresas. Las actividades formativas se podrán organizar por días a la semana, por semanas o quincenas. En cualquier caso, el cómputo de horas totales de formación que recibe el alumnado, no podrá superar el límite de 40 horas semanales.

  3. La fase de formación en la empresa deberá desarrollarse en horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas  y realizarse durante los días lectivos contemplados en el calendario escolar del centro docente.

Preguntas frecuentes: Preguntas frecuentes

¿COMO PUEDE SER LA RENUNCIA DEL ALUMNADO EN FORMACIÓN EN ALTERNANCIA?

  • El alumnado puede renunciar a la modalidad de formación en alternancia por alguna de las causas siguientes:

  • Problemas para compatibilizar un empleo a tiempo parcial y la formación en la empresa.

  • Dificultades en el desplazamiento.

  • Por decisión propia, porque no se adapte a las características de la empresa.

  • O por cualquier motivo que se recoge en la Orden.

  • En todos estos casos el alumnado que abandona la FP en Alternancia pasa a la modalidad de formación presencial tradicional en clase y pierde la posibilidad de reincorporarse a la modalidad de Alternancia.

¿COMO SE EVALÚA AL ALUMNADO?

  • La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.

¿QUIENES SON LOS RESPONSABLES DEL SEGUIMIENTO DEL ALUMNADO?

Responsables de seguimiento: se corresponden a dos ámbitos. Por un lado en la empresa, aquella(s) persona(s) encargada(s) de realizar el seguimiento de la formación del alumnado durante la fase en alternancia, realizando una valoración de su aprendizaje. Por otro, en el centro educativo, están los docente(s) que será(n) responsable(s) de realizar seguimiento y evaluación del alumnado. En este apartado es destacable intentar evitar el uso de la terminología “tutor laboral” y “tutor docente”, ya que son propios de la FCT, y llevarían a equívoco entre la FP Dual y la FCT, en estos casos hablamos de tutoría de empresa y docente responsable del seguimiento.

¿QUIEN VALORA EL APRENDIZAJE?

  • Valoración del aprendizaje: juicio de la(s) persona(s) responsable(s) en la empresa con respecto al seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado. Esta valoración es la que sustenta la evaluación del docente, que a su vez lo reflejará finalmente en una calificación. En este sentido es muy relevante destacar que la empresa realiza una valoración, pero no evalúa (ni califica) la consecución de un aprendizaje, ya que éste es el papel del docente del centro educativo.

¿CUALES SON LAS FUNCIONES DE CADA PARTE?

- La empresa:

Compromiso: debe dejar en todo momento muy claro que la FP Dual no son prácticas de FCT, sino parte de la formación en determinados módulos profesionales.

Actividades: definir las actividades a realizar por el alumnado de manera estrecha con el profesorado. No tiene sentido que el profesorado de forma independiente plantee actividades sin acordarlo con la empresa en la que se van a desarrollar.

Horarios y periodos: ayudar a definir carga horaria, periodos y rotaciones.

Seguimiento: designar persona responsable del seguimiento del alumnado en la empresa, determinando de manera muy clara sus funciones.

Especialización: aunque el centro formativo cuente con una gran importancia en la formación del alumnado, se debe intentar huir de especializarse en una formación concreta para esa empresa. Aunque la empresa participe en la definición de las actividades del proyecto, es imprescindible casar el currículo con las actividades propias de la empresa en todo momento.

Valoración del proceso de aprendizaje: realizar de manera continua un seguimiento de la evolución del alumnado, en contacto permanente con el responsable del centro educativo.

- El centro educativo:

Compromiso de la Dirección: facilitar la elaboración de horarios según los periodos definidos en el proyecto Dual, concentrando los días que se asiste a la empresa y los módulos programados para impartirse en el centro.

Implicación general en el proyecto: flexibilidad del claustro, dar facilidades para registrar los desplazamientos del profesorado.

- El profesorado:

Definir actividades en acuerdo con la empresa.

Redacción del proyecto.

Selección del alumnado, con criterios que sean públicos y conocidos por el alumnado y sus familias. El alumnado muestra inicialmente su voluntad en participar en el proyecto dual, y durante el primer trimestre se realiza su selección. Es fundamental que el profesorado presente todas las caras de la FP Dual, por un lado la necesidad de mostrar compromiso y madurez por parte del alumnado, y por otro las ventajas de contar con experiencia laboral en una (o varias) empresa(s), y el alto porcentaje de contratación tras terminar el ciclo.

Preguntas frecuentes: Preguntas frecuentes

¿TIPO DE AYUDA QUE RECIBE EL ALUMNADO EN FCT -DUAL?

  • El alumnado que realiza prácticas formativas dentro de un proyecto de FP dual puede solicitar ayudas por sus desplazamientos, una vez finalizado el curso escolar. Cada año se publicará una normativa que convoca las ayudas y determinará el importe librado para tal efecto. Las ayudas la solicita el alumnado, y las resuelve la Delegación Territorial, primero con una Resolución provisional y tras un periodo de alegaciones con una Resolución definitiva. El centro es un órgano gestor, que comprueba los datos del alumnado, graba aquellos que sean necesarios (distancias a empresas, jornadas realizadas, etc.) y certifica dichos datos.

  • La Formación Profesional Dual -que consiste en compaginar durante dos años los estudios con prácticas en una empresa de forma intercalada- llegó a España en 2012 y, pese a que cerca del 70% de los alumnos logra un trabajo, solo el 0,4% de los estudiantes cursa esa opción frente al 17% de media de los países de la OCDE. Cada autonomía ha desarrollado una normativa propia y no existe un consenso sobre cuestiones básicas como la remuneración de las prácticas, que es opcional y en algunas comunidades depende de la voluntad de las empresas. "En Cataluña, Madrid, Murcia, Baleares, Castilla y León y Cantabria la remuneración es obligatoria. En otras regiones como Andalucía, Canarias, Extremadura o Asturias es voluntaria", explica Ignacio de Benito, coordinador del estudio La FP Dual en los centros educativos: visiones del profesorado, publicado en 2017.
    "Con el alta en la Seguridad Social todo serían beneficios. Las empresas tienen que entender que es una inversión, no un gasto. El empresario que hace una apuesta económica, se implica más en la evolución del alumno, lo gratis no se valora", añade. Con el modelo actual, precisa, la prevención en riesgos laborales no "está bien pulida", es "un fallo del sistema".

  • Durante el seguimiento realizado a las empresas , algunos tutores de empresa entienden que si el alumnado están desarrollando actividades que luego la empresa cobra, lo SUYO sería que tuvieran cierta compensación , no sólo con la ayuda por desplazamiento.

¿A QUE SE REFIERE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO?

Como aclaración a la Cláusula DÉCIMA de los Convenios de Colaboración con las Empresas, que se refiere a la Comisión de Seguimiento, queríamos indicar lo siguiente:


  • Esta Comisión de Seguimiento no tienen como fin hacer un seguimiento del alumnado que está en las empresas, sino en hacer un seguimiento de los convenios de colaboración que se firman con las empresas.

  • Lo que se pretende es que haya una Comisión, cuya composición se establece en la Clásula DÉCIMA, que vele por la elaboración, correcto desarrollo y cumplimiento de los acuerdos que se establecen en los Convenios.

  • No es necesario que tenga un calendario fijo de reuniones, por lo que se pueden aprovechar las reuniones que se hacen para seguimiento del alumnado para firmar las actas de desarrollo de la Comisión de Seguimiento.

  • Habrá un acta inicial cuando se firmen los convenios, y actas posteriores cuando se adopten acuerdos sobre el seguimiento de los Convenios.

  • En las Actas se indicará: Fecha de la Reunión, Intervinientes, Texto sobre la actuación y Firmas.

SUSTITUCIÓN DE UN ALUMNO/A Y RENUNCIA

Si un alumno/a desea salir del proyecto de FP dual, puede ser sustituido por otro no dual que así lo solicite, siempre que pueda cumplir las horas mínimas establecidas (530 horas del Grado Medio y Superior, y 300 de Formación Profesional Básica), no superando las 40 horas a la semana, dentro del horario permitido y en el periodo lectivo (incluso aprovechando el mes de junio) y firmando su correspondiente nuevo convenio con las empresas.
La sustitución de un alumno/a por otro/a en un proyecto no será posible si el número de horas duales ya realizadas por sus compañeros es elevado, o no fuera posible ajustarlas en el periodo adecuado para ello y por tanto no se pudiera llegar a las 530 horas (Grado Medio o Superior) o 300 horas (Formación Profesional básica).
El alumnado puede renunciar a la FP dual y la Dirección del centro puede interrumpir su inclusion al proyecto, según los apartados que se encuentran detallados en la normativa.

EL ALUMNADO EN DUAL DEBE ESTAR DADO DE ALTA ...

Como confirmación de la información dada anteriormente para tranquilidad de Empresas y Profesorado sobre este tema, y tras la consulta de un centro de Málaga al Ministerio de Trabajo sobre la aplicación de la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, y la obligatoriedad de dar de alta en la Seguridad Social al alumnado de prácticas formativas,  el Ministerio responde:
- Esta norma no es aplicable aún.

HORAS TOTALES DEL CICLO. ¿ SE PUEDE PASAR DE LAS 2000 HORAS?

Puede ocurrir que el alumnado que finaliza un ciclo en dual al final haya cursado más de 2000 horas. El periodo lectivo no finaliza al llegar a las 2000 horas, ya que se supone que ese número de horas es necesario para completar todo el contenido del ciclo formativo.
La justificación del aumento de horas está en el punto 2 del Artículo 30 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, ya que aquí se indica que el número de horas de formación en empresa debe ser como mínimo el 33% del total de horas, y este porcentaje puede ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante.

Preguntas frecuentes: Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes: Bienvenido

PREGUNTAS O DUDAS....

¿Quién realiza la selección?

La selección de alumnos de FP Dual la realizan íntegramente las empresas participantes. Para ello, cabe la posibilidad de que le citen para alguna entrevista, examen, actividad, etc., una vez cumpla los criterios de promoción a juicio del equipo docente en cada una de las evaluaciones.

¿En qué periodos tengo clase y en qué periodos tengo que ir a la empresa?

En cada convocatoria se indican los periodos correspondientes.

¿La asistencia a clase es obligatoria?

Sí, es obligatoria. En el caso de faltas a clase se procederá según la normativa vigente.

¿Cuando recibo la beca?

Durante el periodo de estancia en la empresa. (beca de la empresa y ayuda por desplazamiento el Centro (según requisitos)

¿La empresa me da de alta en la seguridad social?

Sí. Durante su periodo de estancia en ella.

¿Qué horario tengo en la empresa?

La empresa fijará un horario (normalmente de 07:00 a 15:00), que en ningún caso sobrepasará las 40 horas semanales.

¿Dónde se recogen todos estos términos?

En los documentos que firma la empresa. Un convenio con el centro de estudios y un acuerdo con el alumno. En este acuerdo deben aparecer las consideraciones anteriores.

¿Qué enseñanzas recibo en la empresa?

La empresa dispone de un plan formativo de referencia que está encaminado a la adquisición de competencias profesionales del alumno en el entorno de la propia empresa.

¿Cómo estoy ligado al instituto en la modalidad de FP Dual?

Su matrícula está condicionada a su vinculación con la empresa. En caso de que esta relación se rompa, podría causar baja en el proyecto.

Si durante el trascurso del proyecto se produce una baja, ¿qué tengo aprobado?

Únicamente los módulos impartidos íntegramente en el centro que no comparten horas curriculares con la empresa. Si no finaliza las prácticas del resto de módulos no obtendrá ningún reconocimiento.

¿Qué normativa debo cumplir cuando estoy en el centro educativo?

Las propias del centro educativo incluido el calendario escolar.

¿Qué normativa debo cumplir cuando estoy en la empresa?

Las propias de la empresa incluido el calendario laboral. 

¿El título obtenido mediante la modalidad Dual es igual al de la modalidad presencial?

Sí, exactamente igual.

¿Qué módulos formativos puedo convalidar?

Puedo convalidar la parte impartida en el centro de todos los módulos.

bottom of page