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Seguros de responsabilidad y accidentes

Durante la realización de su actividad formativa en la empresa, el alumno/a se encuentra asegurado por si se produjera algún accidente. Asimismo, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía prevé la posible asunción de responsabilidad civil por acciones realizadas por el alumnado durante el desarrollo de dicha actividad. A continuación se incluye la información correspondiente a ambas coberturas.

Cobertura por accidentes

Se contemplan varios casos posibles en función de si el alumno/a está becado por la empresa y, por ende, dado de alta en Seguridad Social (como Relación Laboral de Carácter Especial, bajo el epígrafe 9928. Prácticas curriculares externas) o no lo está y en función de su edad. Se marca con una X el caso del alumno/a concreto:

Alumno/a becado (dado de alta en SS), sea cual sea su edad

En caso de sufrir un accidente, deberá proceder según indicaciones de la empresa (mutua o centro sanitario correspondiente), ya que el alta como alumno que realiza “Prácticas curriculares externas” incluye cotización por contingencias comunes (enfermedad común) y por contingencias profesionales (enfermedad profesional o accidente de

trabajo).

Alumno/a no becado (no dado de alta en SS) y menor de 28 años al inicio del curso escolar 2022/2023

En caso de sufrir un accidente, el alumno/a está cubierto por el seguro escolar. Así, por regla general, acudirá a los centros públicos del Sistema Nacional de Salud.

No obstante, en caso de asistencia urgente, puede acudir al centro sanitario más próximo, incluido los privados en cuyo caso el estudiante deberá abonar los gastos ocasionados, reembolsándoselo

posteriormente la compañía de seguros.

Alumno/a no becado (no dado de alta en SS) y de 28 años o más al inicio del curso escolar 2022/2023

En caso de sufrir un accidente, el alumno/a está cubierto por el seguro complementario contratado por la Consejería a tales efectos con la compañía Berkley (póliza número 2044819). En virtud de ésta, por regla general, se contactará con el número de teléfono 91 737 63 42 para consultar a qué centro sanitario puede acudir el alumno/a.

No obstante, en los casos de URGENCIA VITAL (situación Grave que requiere atención médica urgente por encontrarse comprometida la vida del asegurado de forma inminente), el alumno/a podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo, indicando que tienen un seguro de accidentes contratado con la compañía de seguros W.R. Berkley España con el número de póliza 2044819. En estos casos, W.R. Berkley España se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente garantizado en póliza. Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado al Centro Médico Concertado designado por el Asegurador para continuar su

tratamiento.

Cobertura por responsabilidad civil

En el caso de que el alumno/a incurra en hechos en la empresa de los que se derive responsabilidad civil, se comunicará al tutor docente para que éste abra el correspondiente siniestro en la compañía Generali Seguros (póliza G-RS-519.000.982). La empresa intentará aportar la máxima descripción posible de los hechos acaecidos (escrita, gráfica, etc.) para facilitar los trámites.

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